Derechos Humanos y Desarrollo Democrático
“Derechos humanos, democracia y paz son tres elementos necesarios de un
mismo movimiento histórico: sin derechos humanos reconocidos y
protegidos, no hay democracia; sin democracia no existen las condiciones
mínimas para la solución pacífica de los conflictos. Con otras
palabras, la democracia es la sociedad de los ciudadanos, y los súbditos
se convierten en ciudadanos cuando se les reconocen algunos derechos
fundamentales, habrá una paz estable, una paz que no tenga la guerra
como alternativa, sólo cuando seamos ciudadanos no ya solamente de este
o aquel Estado, sino del Mundo” (Norberto Bobbio)
4.1 La mirada Académica
La división de los derechos humanos en tres generaciones fue realizada
por primera vez por Karel Vasak en 1979. Cada una se asocia a uno de los
grandes valores proclamados en la Revolución Francesa: libertad,
igualdad, fraternidad.
Los derechos de primera generación son los derechos
civiles y políticos, vinculados con el principio de libertad.
Generalmente se consideran derechos de defensa o negativos, ya que
exigen la inhibición de los poderes públicos y la no injerencia de éstos
en la esfera privada.
Los denominados derechos de segunda generación son los
económicos, sociales y culturales, que están vinculados con el principio
de igualdad. Exigen para su realización efectiva de la intervención de
los poderes públicos, a través de prestaciones y servicios públicos.
Existe cierta oposición entre los derechos contra el Estado (primera
generación) y los derechos sobre el Estado (segunda generación).
Los defensores de los derechos civiles y políticos
califican frecuentemente a los derechos económicos, sociales y
culturales como falsos derechos, ya que el Estado no puede satisfacerlos
más que imponiendo a otros su realización, lo que para éstos supondría
una violación de derechos de primera generación.
Por su parte, la tercera generación de derechos, surgida
en la doctrina en los años 1980, se vincula con la solidaridad . Los
unifica su incidencia en la vida de todos, a escala universal, por lo
que precisan para su realización una serie de esfuerzos y cooperaciones
en un nivel planetario. Normalmente se incluyen en ella derechos
heterogéneos como el derecho a la paz, a la calidad de vida o las
garantías frente a la manipulación genética, aunque diferentes juristas
asocian estos derechos a otras generaciones: por ejemplo, mientras que
para Vallespín Pérez la protección contra la manipulación genética sería
un derecho de cuarta generación, para Roberto González Álvarez es una
manifestación, ante nuevas amenazas, de derechos de primera generación
como el derecho a la vida, la libertad y la integridad física.
Autores como David Vallespín Pérez, Franz Matcher,
Antonio Pérez Luño, Augusto Mario Morello, Robert B. Gelman y Javier
Bustamente Donas afirman que está surgiendo una cuarta generación de
derechos humanos. No obstante, el contenido de la misma no es claro, y
estos autores no presentan una propuesta única. Normalmente toman
algunos derechos de la tercera generación y los incluyen en la cuarta,
como el derecho al medio ambiente o aspectos relacionados con la
bioética. Javier Bustamante afirma que la cuarta generación viene dada
por los derechos humanos en relación con las nuevas tecnologías ; otros,
que el elemento diferenciador sería que, mientras las tres primeras
generaciones se refieren al ser humano como miembro de la sociedad, los
derechos de la cuarta harían referencia al ser humano en tanto que
especie.
Helio Gallardo, por su parte, defiende la existencia de
cinco generaciones de derechos humanos, que identifica con las
reivindicaciones de diferentes grupos sociales. Serían los derechos
civiles y políticos, reclamados por la burguesía; los económicos,
sociales y culturales, propios de los movimientos obreros y
antiesclavistas; los derechos de los pueblos y sectores diferentes,
incluyendo las luchas de descolonización y feministas; los ambientales,
que define como derechos las generaciones futuras; y los relativos al
control del cuerpo y la organización genética de uno mismo, enfrentados
a la mercantilización del interior de la vida.
Podemos definirlos como un conjunto de exigencias éticas
y sistemas de valores inacabados y en continua evolución debido a
cambiantes condiciones socioculturales, que tienen su expresión en
normas jurídicas nacionales e internacionales, que imponen deberes al
Estado y conceden facultades a las personas, y que tienen como fin el
reconocimiento de la dignidad humana como valor superior a otros[i].
4.2 Declaración Universal de los Derechos Humanos
Más allá de la clasificación académica de los Derechos
Humanos, la comunidad internacional logró un enorme avance con la
declaración Universal de los Derechos Humanos. Después de un cuidadoso
escrutinio y de 1,400 votaciones sobre prácticamente cada una de las
cláusulas y palabras, la Asamblea General aprobó la "Declaración
Universal de Derechos Humanos" el 10 de diciembre de 1948 en París.
Hasta el momento en que se aprobó la Declaración, los
gobiernos habían sostenido que esos asuntos, los derechos humanos, eran
de carácter interno y no era competencia de la comunidad internacional.
Al aprobar la Declaración, los Estados Miembros de la ONU se
comprometieron a reconocer y observar los 30 Artículos de la
Declaración, en donde se enumeran los derechos civiles y políticos
básicos, así como los derechos económicos y culturales a cuyo disfrute
tienen derecho todos los seres humanos del mundo.
La declaración consta de 30 artículos, repartidos en 4
grupos de disposiciones. En el documento se establecía que los países
estaban resueltos, entre otras cosas:
"A reafirmar la fe en los derechos fundamentales del
hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad
de derechos de hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas".
Y tenían como uno de sus propósitos:
"Realizar la cooperación internacional en la solución de
problemas internacionales de carácter económico, social, cultural o
humanitario, y en el desarrollo y estímulo del respeto a los derechos
humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción
por motivos de raza, sexo, idioma o religión".
Los primeros artículos proclaman que todos los seres
humanos nacen libres e iguales… “en dignidad y derechos”…, y que estos
derechos, les corresponden sin distinción de razas, color, sexo, idioma,
opinión política, posición económica, nacimiento o cualquier otra
condición.
El segundo grupo, artículos del 3 al 21, consagra los
derechos del individuo como miembro de colectividades, es decir, los
derechos civiles y políticos de todos los seres humanos (derechos a la
vida, a la libertad a contraer matrimonio, derechos a la nacionalidad, y
de asilo entre otros)
El tercer grupo, artículos del 22 al 27, corresponde a
los derechos económicos, sociales, culturales de todos los seres
humanos, entre los que se incluyen por ejemplo el derecho al trabajo, a
la educación, al disfrute del tiempo libre y a la seguridad social. -Un
cuarto grupo, artículos 28 al 30, reconoce que toda persona tiene
derecho a un orden social e internacional en el que los Derechos Humanos
pueden realizarse plenamente y que cada persona tiene deberes y
responsabilidades ante la comunidad en la que vive.
Distinguimos a los Derechos Humanos por una serie de
características que expresan que los derechos humanos son:
- Universales: toda persona posee dignidad y nadie puede
ser discriminado o excluido.
- Inalienables: no se puede renunciar ni negociar estos
derechos. El Estado no puede disponer de los derechos de los
ciudadanos. -Naturales: el origen de los derechos humanos es la propia
naturaleza del hombre.
- lnviolables: no pueden ser destruidos ni lesionados,
porque atentaría contra la dignidad del hombre.
- Obligatorios: deben ser respetados tanto por las
personas como por los estados, a pesar de que no existan leyes que los
establezcan.
- Indivisibles: si se suprime alguno de ellos, se pone
en peligro la vigencia del resto de los derechos.
Jurídicamente, los derechos humanos son facultades o
prerrogativas que las normas constitucionales e internacionales
reconocen a las personas para asegurar su dignidad, su libertad y su
igualdad.
Si no fueran respetados por los estados o por otras
personas o grupos, el titular de esos derechos puede exigir que se
cumplan a través del ejercicio de la ley.
La total aplicación de los derechos humanos supone una
plena vigencia de vida democrática, tanto en su aspecto formal como
sustantivo y en sus dimensiones política, económica y social, ya que
“…la democracia para los modernos expresa un procedimiento normativo que
debe garantizar el ejercicio de las libertades individuales.” (Roitman,
2005: 73).
La incorporación de los principios universales de
derechos humanos en los países latinoamericanos ha sido satisfactoria.
Así, de los cincuenta y dos tratados internacionales sobre derechos
humanos, adoptados en el marco de las Naciones Unidas, los países
latinoamericanos han aprobado, en conjunto, un promedio de treinta y
cinco tratados. Este hecho coloca al continente americano en el segundo
lugar de reconocimiento de las normas universales de derechos humanos,
luego de los países europeos.
Sin embargo, como todos conocemos, la puesta en práctica
de los postulados teóricos de derechos humanos ha tropezado con un
sinnúmero de dificultades que surgieron con el advenimiento de las
dictaduras militares americanas, durante las décadas de los sesenta y
setenta, así como con la agudización de la crisis económica que se
inició en los ochenta y que colocó al continente ante un panorama
preocupante y desalentador, en el cual los derechos humanos siguen
siendo para amplios sectores de la población, simples enunciados que no
se traducen en mejor calidad de vida.
Latinoamérica inicia el nuevo siglo intentando superar
los conflictos que jalonaron su territorio durante el siglo pasado, en
la búsqueda de esquemas institucionales que logren una adecuada
articulación entre sociedad, mercado y Estado. La sociedad ya no
pretende solamente el reconocimiento de sus derechos, sino también su
pleno ejercicio desde la integralidad e indivisibilidad de los mismos.
Una sociedad que hoy busca participar en las políticas públicas que le
conciernen y que exige cuentas claras.
Sin embargo, aquella exigencia no es aún generalizable a
todo el continente sino solo parcialmente a algunos sectores o
poblaciones, en un contexto en el que siguen vigentes tanto la pobreza
como la exclusión. En América Latina la situación de los derechos
humanos experimenta una especie de vaivén entre lo deseable y lo
posible.
América Latina entra a un siglo que culmina con un
importante número de acciones y de instrumentos de Naciones Unidas a
favor de la defensa y protección de los derechos humanos, a tal grado
que, algunos autores, como Rabossi, hablan del “fenómeno de los derechos
humanos”; otros sostienen que se trata de un suceso incontrovertible:
“Nunca como en el presente parecen haber gozado los derechos humanos de
un grado de reconocimiento jurídico comparable a la escala planetaria. Y
semejante reconocimiento convierte esos derechos - por encima o por
debajo de sus nada infrecuentes violaciones, allí donde alcanzan a
regir, y de su generalizada falta de aplicación, allí donde solo rigen
nominalmente,- algo así como en un hecho incontrovertible”. En esta
óptica, se sitúa, ciertamente, Carlos Nino cuando menciona que “los
derechos humanos constituyen uno de los más grandes inventos de nuestra
civilización”.
En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos de Viena,
en 1993, se reafirma la articulación indivisible que existe entre
derechos humanos, democracia y desarrollo. Tres dimensiones que tienen
como base común otro aspecto esencial para el desarrollo armónico y
sobrevivencia de la humanidad: la paz. Al respecto, Bobbio nos señala:
“Derechos humanos, democracia y paz son tres elementos necesarios de un
mismo movimiento histórico: sin derechos humanos reconocidos y
protegidos, no hay democracia; sin democracia no existen las condiciones
mínimas para la solución pacífica de los conflictos. Con otras
palabras, la democracia es la sociedad de los ciudadanos, y los súbditos
se convierten en ciudadanos cuando se les reconocen algunos derechos
fundamentales, habrá una paz estable, una paz que no tenga la guerra
como alternativa, sólo cuando seamos ciudadanos no ya solamente de este
o aquel Estado, sino del Mundo”.
Sin embargo es necesario resaltar que la pobreza que
afecta a más de la mitad del continente no es sólo una cuestión de
carencias económicas. Ésta tiene múltiples dimensiones, en cuanto
“entraña una violación de derechos humanos en gran escala[ii].
Derechos como el acceso a la salud, a formar una familia y tener la
estabilidad para mantenerla, a la nutrición, a la educación, al trabajo,
a la propia cultura, a ser escuchados, a participar.
Toda estructura jurídica-política debe tener como base y
finalidad el aseguramiento de los derechos humanos, si ello no fuera
así, esa estructura carecerá de valor, constituyéndose en un régimen de
opresión.
En base a la necesidad de evaluar la relación entre
Desarrollo Democrático y Derechos Humanos hemos analizado el
comportamiento de los países latinoamericanos en base a los indicadores
del IDD-Lat que están relacionados con el respeto de los Derechos
Humanos o con los condicionamientos que los restringen en cada país. A
eso le hemos agregado la consideración del marco institucional y
jurídico que beneficia tanto su ejercicio como el castigo a los
responsables de su violación.
Con estos elementos hemos elaborado un indicador de
Tendencia 2008 en Derechos Humanos que aquí presentamos, como un aporte
para la revisión de las políticas nacionales en este sentido.
Indicador de Tendencia en DDHH
|
País |
Indicador de Respeto a Derechos Políticos y Libertades Civiles |
Indicador de Respeto a Derechos Económicos y Sociales |
Marco Institucional y Jurídico
(*) |
Tendencia |
|
Argentina |
4.329 |
6.810 |
++ |
6.512 |
|
Bolivia |
2.980 |
4.483 |
— |
2.908 |
|
Brasil |
3.811 |
5.732 |
++ |
5.579 |
|
Colombia |
2.533 |
4.931 |
++ |
4.363 |
|
Costa Rica |
9.241 |
8.080 |
±± |
8.438 |
|
Chile |
8.500 |
8.607 |
++ |
10.000 |
|
Ecuador |
4.102 |
4.503 |
++ |
5.030 |
|
El Salvador |
4.398 |
5.033 |
— |
3.675 |
|
Guatemala |
2.330 |
4.178 |
— |
2.536 |
|
Honduras |
3.798 |
4.893 |
— |
3.387 |
|
México |
3.279 |
6.014 |
— |
3.621 |
|
Nicaragua |
3.888 |
4.645 |
++ |
4.988 |
|
Panamá |
7.102 |
5.559 |
±± |
6.168 |
|
Paraguay |
3.862 |
4.480 |
— |
3.251 |
|
Perú |
4.773 |
5.314 |
++ |
5.897 |
|
R. Dominicana |
4.048 |
4.268 |
±± |
4.051 |
|
Uruguay |
9.213 |
7.883 |
++ |
9.994 |
|
Venezuela |
2.227 |
5.566 |
— |
3.037 |
El promedio del indicador de Respeto de Derechos
Políticos y Libertades Civiles (4.690) es fuertemente inferior en la
región al promedio del indicador de Respeto a Derechos Económicos y
Sociales(5.610). Lo que indica que, en general, pese a las dificultades
que trae aparejada la inexistencia de condiciones de respeto a derechos
económicos y sociales, en nuestros países es todavía más difícil que se
respeten los derechos y libertades de los ciudadanos.
Chile, Uruguay y Costa Rica son también los países que
sobresalen en su tendencia en derechos Humanos con un valor por encima
de 7.500 puntos. Costa Rica y Uruguay en mayor medida por el marco de
respeto a Derechos Políticos y Libertades Civiles, Chile, en cambio, por
el Respeto a Derechos Económicos y Sociales.
Argentina y Panamá completan el lote de cinco países con
una tendencia positiva, aunque con valores que se sitúan entre los 6.000
y 7.500 puntos. La República Argentina con un valor medianamente alto en
el Respeto de Derechos Económicos y Sociales, presenta un valor muy
discreto en el indicador de Respeto de Derechos Políticos y Libertades
Civiles, aunque se ve beneficiada en su tendencia por el marco jurídico
institucional de revisión de violaciones de los Derechos Humanos. Panamá
presenta un mejor valor en el Respeto de Derechos y Libertades que en lo
relativo a Derechos Económicos y Sociales, y no cuenta con el mejor
marco para la revisión de violaciones.

Perú, Brasil y Ecuador se sitúan en el lote de países
que, aunque no se encuentran en “zona verde”, presentan una tendencia
intermedia (entre 5.000 y 6.000 puntos).
Perú aunque no sobresale en todos los indicadores de
Respeto a los Derechos, ve potenciada su situación por el Marco
Institucional y Jurídico para reprimir violaciones anteriores y evitar
futuras. Brasil tiene una performance muy baja en el Respeto de Derechos
Políticos y Libertades Civiles, aunque mejora sustancialmente en el
indicador de Derechos Económicos y Sociales.
Ecuador, en cambio, mantiene valores similares (por
debajo de los 5.000 puntos en los indicadores de Derechos, pero mejora
sus valores por contar con un buen Marco Institucional y Jurídico para
reprimir violaciones a los DDHH.
Nicaragua, Colombia, R. Dominicana, El Salvador y México
en base a diferentes causas y situaciones logran sin embargo una
preocupante tendencia en DDHH, ubicándose en zona “naranja” (entre 3.500
y 5.000 puntos).
Nicaragua cuenta con un indicador bajo de Respeto de
Derechos Políticos y Libertades Civiles, aunque mejora su indicador de
Derechos Económicos y Sociales no alcanza a abandonar la zona naranja.
Colombia con su problema de guerrilla y violencia tiene
un muy mal registro en el indicador de Respeto de Derechos Políticos y
Libertades Civiles. Su indicador de Derechos Económicos y Sociales en
cambio se ubica en niveles altos, por eso su tendencia general no cae en
un nivel más bajo.
República Dominicana se ubica en un nivel parejo de bajo
respeto a los DDHH, en torno a los 4.000 puntos para todos sus
indicadores.
El Salvador, con valores de 4.398 y 5.033 puntos en ambos
indicadores, se ve perjudicado por la ausencia de un buen Marco
Institucional y Jurídico para reprimir violaciones a los DDHH.
México, que cuenta con un muy buen valor en el indicador
de Derechos Económicos y Sociales (más de 6.000 puntos), presenta sin
embargo una tendencia general negativa por el bajo valor de su indicador
de Respeto de Derechos Políticos y Libertades Civiles (3.279 puntos) y
por la ausencia de un adecuado Marco Institucional y Jurídico para
reprimir violaciones a los DDHH.
Honduras, Paraguay, Venezuela, Bolivia y Guatemala
cierran el lote de países latinoameriocanos evaluados, presentando la
más baja tendencia en DDHH y ubicándose por lo tanto en la zona roja
(por debajo de los 3.500 puntos).
En todos estos casos es llamativo el bajo valor del
indicador de Respeto de Derechos Políticos y Libertades Civiles y la
ausencia de un adecuado Marco Institucional y Jurídico para reprimir
violaciones a los DDHH.
A pesar de todos los avances registrados en las últimas
décadas en la protección internacional de los derechos humanos, persisten
violaciones graves y masivas de estos últimos, y a las violaciones
tradicionales desafortunadamente suceden nuevas formas de violación de los
derechos humanos.
Entre la realidad que presentaba América Latina en las
décadas de los ´60 y los ´70 y la del día de hoy, existen fundamentales
diferencias. En aquella época lo que más se hacía sentir en América del
Sur eran los regímenes militares y dictatoriales. Argentina, Brasil,
Uruguay, Paraguay, Bolivia y Chile fueron escenario de violaciones de
derechos fundamentales y básicos: ejecuciones sumarias, desapariciones
forzosas, tortura como método habitual utilizado por las autoridades,
amenaza constante sobre la vida, la libertad y la integridad de los
ciudadanos; ausencia total de posible participación política, libertad de
prensa poco frecuente o absolutamente desconocida; imperio de la doctrina
de la seguridad nacional.
Cuando los vientos huracanados de la violencia comenzaban a
tranquilizarse en los países de América del Sur, cuando las democracias
comenzaban a recuperarse, cuando los exiliados comenzaban a retornar
voluntariamente a sus países de origen, la tormenta estalló en América
Central.
La década del 80 tiene en esos países de América Central
una materia de fuerte combustión: luchas civiles, presencia de ideologías
extranjeras, el gran enfrentamiento entre las grandes potencias actoras de
la guerra fría en países como Cuba y Nicaragua, la doctrina de la
seguridad nacional actualizada y de dramáticos efectos. Estalló una
inmensa hoguera.
Con la década de los ´90 se pudo lentamente empezar un
proceso de recuperación de democracias y estructuras jurídicas adecuadas.
Esto sin embargo, se prolongó con los años: la situación que prevaleció en
Guatemala hasta hace muy poco es muestra de ello. La importancia del
discurso acerca de los derechos humanos comenzó a cobrar fuerza en América
Latina a través de las instituciones universales y de las regionales.
De este modo llegamos al día de hoy. Para distinguir en la
compleja situación en materia de derechos humanos que existe en la región,
parece adecuado tratar de algunos “signos de vida”, esperanzadores y
positivos, opuestos a “signos de muerte” fuente de preocupación y que
representan importantes desafíos que deben ser resueltos en el futuro.
·
El primer signo de vida en la región se refiere a la
disminución drástica en el número de refugiados. Signo de muerte es el
hecho de que otras migraciones involuntarias aumentan muy
considerablemente: así, por ejemplo, el número de desplazados internos a
causa de la violencia; así como el fenómeno de migrantes económicos. Tal
es el caso de los nicaragüenses que se dirigen a Costa Rica o de haitianos
a República Dominicana.
·
Signo de vida, esperanzador, es que en los últimos años el
número de Estados que han ratificado o se han adherido a las Convenciones
sobre Derechos Humanos ha aumentado muy considerablemente. Signo de muerte
es que las convenciones firmadas y ratificadas por los países, no son
internadas, no se produce una legislación interna que las haga vivas en el
interior de los estados.
·
Signo negativo es el alto porcentaje de la población que
aún vive por debajo de la pobreza. Consecuencia de esto es que, si se
puede decir que en estos países las condiciones humanas han mejorado en
general, en ellos se polariza la distribución de la riqueza y, como
consecuencia, aumenta la violencia.
·
En materia de educación también hay luces y sombras. Signo
de esperanza es el alto porcentaje de niños que se matriculan en estudios
primarios. Pero el revés de la medalla está representado por el porcentaje
de niños que no llegan al quinto grado de primaria. Y quines llegan a
estudios superiores representan una cantidad ínfima, lo que produce
grandes cantidades de excluidos en materia de educación.
·
Es recurrente señalar que en América Latina la
macro-economía parece estar “en buen estado de salud”, en tanto que los
bolsillos y las posibilidades de buena salud padecen de anemia y radical
escasez.
De aquí surgen los
grandes retos que se plantean en el continente americano en materia de
derechos humanos[iii].
[i]
Esta definición se basa en las que han establecido Magdalena Aguilar
Cuevas, Jesús Antonio de la Torre, José Bonifacio Barba y Mario I.
Álvarez, Maria Elena Ortiz y Greta Papadimitriu. Ortiz, Ma Elena y
Greta Papadimitriou (2000), Educación en derechos humanos. Guía
metodológica, México: Procuraduría de Protección Ciudadana, Asociación
para la Educación en Derechos Humanos, Amnistía Internacional (Sección
Mexicana), Universidad Autónoma de Aguascalientes Bernardo
[ii]
Kliksberg Hacia una Economía con Rostro Humano Ed. Fondo de Cultura
Económica
[iii]
CITAS Y REFERENCIAS
Bobbio, Norberto,
Teoria generale della politica, Turín, Einaudi, 1999
Bustamante Donas,
Javier, Hacia la cuarta generación de Derechos Humanos: repensando la
condición humana en la sociedad tecnológica. Revista Interamericana de
Ciencia, Tecnología, Sociedad e Innovación.
Dos Santos,
Theotonio. “América Latina: Otra vez el mismo diagnóstico”. Cátedra y
Red UNESCO-UNU sobre Economía Global y Desarrollo Sostenible. 2002.
Gallardo, Helio
(julio/diciembre de 2003). “Nuevo Orden Internacional, derechos
humanos y Estado de Derecho en América Latina” (pdf). Revista Crítica
Jurídica (22): 260, nota al pie nº6.
Gelman, Robert
B., Declaración de los Derechos Humanos en el ciberespacio
Matcher, Franz,
«La protection judiciarie des droits de l'homme», Informe General
presentado en el Congreso Internacional Extraordinario de Derecho
Procesal, Bolonia, 1988, v. I, sobre la Tutela giurisdizionale dei
diritti dell'uomo a livello nazionale ed internazionale, p. 12.
Morello, Augusto
Mario: «Los derechos del hombre de las tercera y cuarta generaciones»,
en Estudios de derecho procesal - nuevas demandas - nuevas respuestas,
v. 2. Buenos Aires: Platense/Abeledo-Perrot, 1998. , pp. 943-951
Nino Carlos,
Ética y derechos humanos (Buenos Aires, 1984; traducción inglesa
revisada, The Ethics of Human Rights, Oxford, 1991)
Pérez Luño,
Antonio Enrique: «La evolución del Estado social y la transformación
de los derechos fundamentales», en Problemas de legitimación en el
Estado Social. Madrid: Trotta, 1991. , pp. 96 y 97
Rabossi, Eduardo,
La Carta Internacional de Derechos Humanos, Ed. Eudeba, 1a. ed
Roitman, Marcos
(2005), Las razones de la Democracia en América Latina, México: Siglo
XXI.
Vallespín Pérez,
David (2002), El modelo constitucional de juicio justo en el ámbito
del proceso civil, Barcelona: Atelier.
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